Este miércoles 27 de febrero 2019, la Delegación Baja California del Instituto Federal de Defensoría Pública, tuvo como expositor al Coordinador Ejecutivo de la Procuraduría General de Justicia del Estado, Mtro. Abraham Cortez Bernal quien conversó con defensores sobre la “Protección Constitucional de los Bienes Jurídicos en la Defensa Penal”. Lo anterior teniendo como sede la Casa de la Cultura Jurídica de Tijuana, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El Delegado del Instituto Federal de Defensoría Pública, Mtro. Jesús Florentino Pérez García recibió el saludo de la Procuradora General de Justicia de Baja California, Mtra. Perla del Socorro Ibarra Leyva, quien mediante el expositor le hizo saber la mejor disposición de colaborar de forma interinstitucional.
“Cuando el poder punitivo no sirve para proteger a la sociedad, entonces no tiene razón de ser, por lo que debe inaplicarse, derogarse o disminuir la severidad de la consecuencia hasta donde sea estrictamente necesario” subrayó Cortez Bernal, también actual Presidente de la Academia de Ciencias Penales de la Facultad de Derecho, Tijuana, de la Universidad Autónoma de Baja California.

El académico, destacó al Estado Social y Democrático de Derecho como límite máximo que tiene todo gobierno para la aplicación del Derecho Penal. “La Constitución Mexicana expresa en su artículo 39 que todo poder público se instituye para beneficio del pueblo, lo cual debe ser considerado fundamento del Principio de Exclusiva Protección de Bienes Jurídicos.”…”Nuestros códigos penales prevén muchas conductas antisiociales para las cuales serían más efectivos otros mecanismos desprovistos de sanción, como el Derecho Civil o Administrativo. Pero desafortunadamente las penas son mucho más populares y político electoralmente rentables, por lo que se tipifican delitos aunque no sirvan para proteger y causen tremendo costo económico y social…” En varios de esos supuestos, subrayó el funcionario, la aplicación de la pena podría ser inconstitucional, existiendo actualmente las herramientas legales del Derecho local e internacional, así como de jurisprudencia, para solicitar a los jueces su inaplicación en casos concretos.